Fuera del control democrático

Espacio 3. El Periódico de Aragón.

Eduardo Melero. Profesor de derecho administrativo en la UAM y miembro del Centro Delàs de estudios por la paz.

Marruecos ha contratado con la empresa pública Navantia la compra de un buque militar, un patrullero. Se desconoce si la exportación ha sido autorizada por el Gobierno español, pero con toda seguridad lo será.

En primer lugar, pesarán en el Gobierno cuestiones estratégicas. Marruecos es un mercado consolidado para las exportaciones de material de defensa español. Según las estadísticas oficiales, durante el período 2010-2019, se exportó armamento a Marruecos por valor de 121 millones de euros. El Gobierno español lleva años fomentando estas transferencias, situando a España como la séptima potencia mundial en exportaciones de armamento. No solo por motivos económicos o de mantenimiento de puestos de trabajo, sino porque se entiende que estas exportaciones garantizan la supervivencia de la industria nacional de defensa.

Seguramente, el Gobierno español también tendrá en cuenta que las exportaciones militares contribuyen a mejorar las relaciones internacionales entre ambos países. Hay claros intereses comerciales españoles en Marruecos, país al que el Ministerio de Asuntos Exteriores español califica como “nuestro primer socio comercial en África”. Además de las exportaciones de productos de todo tipo, hay importantes empresas españolas ubicadas en Marruecos. Tampoco se puede olvidar que la política española de control migratorio reconoce un importante papel a la Gendarmería marroquí en el control de la frontera sur.

Lo que no parece tener en cuenta el Gobierno español es la protección de los derechos humanos de la población saharaui, ni tampoco la situación existente en el Sáhara Occidental.

Como una de las piezas de su política de fomento, el Gobierno español es muy poco exigente a la hora de aplicar la normativa sobre exportaciones de armamento: el Tratado sobre el Comercio de Armas, la Posición Común de la Unión Europea 2008/944/PESC y la Ley española 53/2007. Según los criterios establecidos en esta legislación, no se puede exportar armamento cuando pueda utilizarse con fines de represión interna o cuando se hayan constatado graves violaciones de derechos humanos. Tampoco se puede autorizar una exportación cuando se prolonguen conflictos armados o se agraven tensiones o conflictos existentes, o cuando se utilice el armamento para imponer por la fuerza una reivindicación territorial.

Con base en todos estos criterios, deberían denegarse las exportaciones de armamento a Marruecos. Como mínimo, el Gobierno debería hacer públicas las razones por las que considera que está cumpliendo la legislación. En vez de eso, desde 1987 han sido clasificados como secreto de Estado las actas del órgano que decide si se otorgan o no las autorizaciones de exportación. De esta forma se ha impedido un auténtico control democrático de la política española de exportación de armamento.